El reconocimiento de la pensión de vejez a las mujeres transgénero: en el RPM régimen de prima media y en el rais la garantía de la pensión mínima

Eddison David Castrillon Garcia (Director), ISABEL CRISTINA URZOLA BARRIOS (Autor estudiante de pregrado)

Producción científica: Otra contribuciónFormación del recurso humanorevisión exhaustiva

Resumen

Este artículo pretende determinar el alcance garantista del Estado colombiano frente al acceso que tienen las mujeres transgénero a la pensión de vejez. Las personas transgénero se enfrentan a muy pocas probabilidades de acceso formal al empleo, y aún más importante, de contar con la posibilidad de cotizar al Sistema de Seguridad Social para obtener una pensión de vejez. Frente a este escenario, la Corte Constitucional debería tener en cuenta que la situación de discriminación estructural de las mujeres transgénero les impide, muchas veces, acceder a la pensión de vejez.
En vista de la condición de vulnerabilidad y discriminación a la que, históricamente, ha sido sometida la población transgénero, este artículo, examinarán las definiciones, estadísticas sobre las mujeres transgénero y las principales decisiones de la Corte Constitucional sobre las diferentes barreras institucionales que impiden el goce de los derechos fundamentales de las personas transgénero.
Idioma originalEspañol (Colombia)
Número de páginas29
EstadoPublicada - 15 dic. 2022

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