Resumen
La mendicidad como práctica que se remonta varios siglos atrás como medio para obtener recursos, en la actualidad no se encuentra penalizada en el ordenamiento jurídico colombiano cuando es ejercida en razón de la situación económica o social de personas menos favorecidas que buscan en esta una forma de obtener dinero. Sin embargo, cuando es ejercida por niños, niñas y adolescentes obligados por un tercero, si se ve enmarcada en un delito, y a su vez en un deber del Estado y la sociedad para propender por la protección y garantía de sus derechos y bienestar. Respecto de esto, en mayo del año 2022 en el municipio de Bello Antioquia falleció un niño de un año y siete meses de nacionalidad extranjera, quién sufría maltrato en su núcleo familiar y presuntamente era entregado por su madre a personas externas a su familia para ejercer la mendicidad, por lo cual surge la pregunta ¿Cómo actúan las entidades del Estado en el cumplimiento del principio de corresponsabilidad frente al asunto de la mendicidad infantil? Para alcanzar el objetivo se realizó el estudio de caso documental, normativo y jurisprudencial, propio de la metodología cualitativa de revisión documental, configurándose esta en una investigación jurídica. Finalmente, se logra concluir que existe una falla por parte del Estado colombiano al incumplir sus deberes constitucionales y legales de corresponsabilidad implementando estrategias para perseguir y erradicar el delito de mendicidad infantil.
Idioma original | Español (Colombia) |
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Número de páginas | 26 |
Estado | Aceptada/en prensa - 28 sep. 2023 |
Palabras clave
- Mendicidad infantil, delito, derechos de los niños, principio de corresponsabilidad. 1
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