Resumen
En julio de 2018 el Congreso de la República de Colombia emitió la Ley 1915, que tuvo por principal objetivo implementar una “serie de compromisos de carácter comercial adquiridos en el marco de los acuerdos suscritos con los Estados Unidos de América y la Unión Europea”1. Llama la atención en la Ley la consagración, en el artículo 16 referido a limitaciones y excepciones, en el que se establece el uso y reproducción de obras, que por su redacción no se excedan las tipologías tradicionales del concepto mismo de “obra”, haciendo alusión únicamente a una libre reproducción por medios reprográficos de la obra y reproducción temporal en el entorno digital. Con base en lo anterior se ha buscado, a lo largo de este artículo, responder la siguiente pregunta: ¿En qué medida es extensible el régimen de limitaciones y excepciones con propósitos de enseñanza a los programas de computación en Colombia? Esta revisión se ha hecho a través de una metodología eminentemente cualitativa, documental, derivada del paradigma de investigación positivista.
Idioma original | Español (Colombia) |
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Páginas (desde-hasta) | 5-35 |
Publicación | Revista La Propiedad Inmaterial |
N.º | 32 |
DOI | |
Estado | Publicada - 2021 |
Palabras clave
- Limitaciones y excepciones
- Educación
- Software
- Derechos de autor
- Obra
- Patente
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